Blog dedicado al estudio de temas constitucionales e históricos, enfocados dentro de la realidad del Perú.

lunes, 19 de septiembre de 2011

Entre Gamarra y Salaverry: la Constitución de 1834

En este artículo, retomamos el hilo de nuestra evolución constitucional, revisando el lustro entre 1828 hasta 1833: la guerra con la Gran Colombia, el cuartelazo y posterior gobierno de Gamarra y la Convención Nacional de 1833, que dictaría la Constitución de 1834, copia casi literal del texto de 1828, y que como los anteriores textos, tendría poca vigencia.



Mayo de 1828: el general Agustín Gamarra, prefecto del Cuzco, sin contar con el permiso del Presidente La Mar ni mucho menos del Congreso, invadió Bolivia y derrocó de esta forma, al gobierno del mariscal Sucre. Este hecho empeoró las relaciones con la Gran Colombia, aún gobernada por Bolívar, el cual tenía mucho que reprocharle al gobierno peruano. Con una furibunda proclama, el Libertador declaró la guerra al Perú en julio de 1828.
En el mar, la escuadra peruana, al mando del almirante Guisse, obtuvo notables éxitos, llegando a tomar Guayaquil, pese a la muerte de Guisse (24 de noviembre) y el incendio de la fragata Presidente (18 de mayo de 1829). En tierra, el avance peruano sufrió dos reveses: Saraguro y Portete de Tarqui, dos reveses, que pese a no ser decisivos, forzaron al Presidente La Mar, al mando de las operaciones, a aceptar una tregua con el Convenio de Girón. Pero al igual que el Libertador, víctima de intrigas políticas en su propio campo, en el campo peruano, estos hechos sirvieron de pretexto a Gamarra, para tramar con La Fuente un golpe simultáneo para derrocar al Presidente La Mar (Piura) y al Vicepresidente Salazar y Baquíjano (Lima) en junio de 1829, anteponiendo sus ambiciones a los intereses de la Patria. Llamando las cosas por su nombre, esta conducta en medio de una guerra externa, no merece más calificativo que el de traición a la Patria, calificativo que la mayor parte de la historiografía no utiliza (salvo la excepción de don Percy Cayo Córdova), quizás por las circunstancias de la muerte del Mariscal de Piquiza en Ingavi (que veremos en otro post).
A continuación, Gamarra pactó la paz con los colombianos y legalizó su mandato, convocando a las primeras elecciones del Perú independiente. Electo Presidente, llevó como Vicepresidente a La Fuente, pero para muchos, el verdadero poder fue su esposa, doña Francisca Zubiaga, la “Mariscala”. El gobierno de Gamarra fue autoritario y conservador, al contrario del gobierno de La Mar, quien moriría desterrado en Costa Rica en octubre de 1830. La oposición al gobierno gamarrista fue muy intensa, llegando a soportar 17 motines, asonadas y rebeliones en su contra, por lo cual Gamarra se instaló en el Cuzco, dejando a La Fuente en Lima, pero como doña Pancha sospechó de que La Fuente pretendía deponer a su marido (además de ciertos problemas, relacionados con los negocios sobre las harinas), organizó un motín que obligó a La Fuente a huir por los techos de Lima en abril de 1831.
Conforme pasaba el tiempo, los liberales volvieron a alzar cabeza, y lanzaron una acusación constitucional contra el Presidente, la más famosa de nuestra historia, donde el diputado Francisco de Paula González Vigil lanzó las famosas palabras “yo debo acusar, yo acuso”, que más de medio siglo después haría famosas Emile Zola. Pese a este gesto, la acusación no fue aprobada, pese a que durante su gobierno, Gamarra pasó olímpicamente por alto a la Constitución, pues como bien expresara su Ministro de Gobierno, Manuel Lorenzo de Vidaurre: "callarán por un momento las leyes, para mantener las leyes"
En medio de una crítica situación ante la incertidumbre del siguiente gobierno, Gamarra convocó a los Colegios Electorales para elegir Presidente de la República, convocatoria que vino a coincidir con el artículo 177° de la Constitución de 1828, que convocaba una Convención Nacional en 1833 para ocuparse de examinar y reformar la Constitución total o parcialmente. Ante la incertidumbre en la elección presidencial, fue la Convención, instalada el 12 de septiembre de 1833, bajo la presidencia de Vigil, la que se encargaría de elegir al Presidente, eligiendo al general Luis José de Orbegoso, un militar trujillano sin grandes ambiciones políticas.
Gamarra y su candidato Pedro Pablo Bermúdez, se sublevaron contra el nuevo gobierno en enero de 1834. Pero el pueblo reaccionó y derrotó a los insurrectos en Lima, obligándolos a fugar a la sierra, donde se realizó una breve guerra civil. Sin embargo, los soldados de Bermúdez prefirieron deponer a su jefe y, cerca de Jauja, el 24 de abril en el llano de Maquinhuayo, lo que debió ser una batalla se transformó en una ceremonia. Las tropas de ambos bandos se estrecharon en un abrazo fraterno, muestra del rechazo de la población ante las rencillas personales de los caudillos militares.
Mientras esto ocurría, la Convención debatía una nueva Constitución, la cuarta en 11 años y la tercera de tipo liberal. Promulgada el 10 de junio de 1834, tuvo 187 artículos y 13 disposiciones transitorias.
En lo referente a la Nación, la Constitución de 1834 no definía a la Nación, pero conservaba la prohibición de que fuera patrimonio de persona o familia. Se eliminaba la norma que en 1828 prohibía la unión o federación con otro país, con lo que se abría las puertas a una eventual unión con Bolivia.
Sobre el estado político de los peruanos, la Constitución de 1834 dejó de lado la prodigalidad de otorgar la ciudadanía a los extranjeros, pues ya había una mayor conciencia nacional, limitándola a los nacidos en el Perú o en el extranjero de padres peruanos, y a los extranjeros que sirvan en el territorio nacional o que casados con peruana, tuvieran más de 2 años de residencia y ejercieran algún arte o industria.
Sobre la organización del Estado, se reiteraba una vez más la forma de gobierno popular representativo, consolidado en la unidad. Como afirmaban todas las Constituciones anteriores (excepción, claro está, de la Constitución Vitalicia), el ejercicio de la soberanía era compartida por los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, independientes entre sí y sujetos a una estricta obediencia a la Constitución.
El Poder Legislativo como la Constitución de 1828, era bicameral, compuesto del Senado y de la Cámara de Diputados, con las mismas atribuciones que en 1828. A diferencia de su antecesora, la Constitución de 1834 permitía a un Senador o Diputado desempeñar algún Ministerio, pero perdiendo el cargo congresal.
En lo concerniente al Poder Ejecutivo, se buscó restringir los poderes del Presidente de la República, tras la experiencia de los abusos del gobierno de Gamarra, sobre todo en materia legislativa y de nombramientos, para lo cual se redujo el veto presidencial. Se eliminaba la figura del Vicepresidente pues se juzgaba que era un elemento de oposición al Presidente. Además, se mantuvo la existencia del Consejo de Estado como órgano asesor del Presidente de la República, con un Presidente propio, encargado de suplir al Presidente en su ausencia o muerte, caso este último, en el que debía convocar a elecciones en sus primeros diez días de gobierno.
El Poder Judicial conservaba la misma organización de 1828, pero variaba la forma de efectuar los nombramientos, pasando de ser facultad del Presidente de la República, a ser de la Cámara de Diputados.
En lo relativo al régimen interior de la República, la Constitución de 1834 sólo cambió el texto de 1828 en lo referente a las Juntas Departamentales, desactivándolas debido a su fracaso.
En cuanto a derechos y garantías, la Constitución de 1834 mantuvo los mismos derechos que en 1828, sin hacer ningún aporte en materia de derechos.
La Constitución de 1834 fue una copia casi literal de la Constitución de 1828. Sólo hubo diferencias en uno que otro detalle, ya que como bien notó Pareja Paz Soldán, los artículos modificados no llegaron a veinte. Para Astete Virhuez, los convencionistas de 1834 “iniciaron el desmontaje de lo que no les era natural (es decir el control de la Ley) y procedieron a deshacer lo mejor que tenía nuestra Constitución “madre””. Pero como sus precedentes, la Constitución de 1834 tuvo una breve vigencia...
Febrero de 1835: mientras el Presidente Orbegoso se hallaba en Arequipa, en prevención a un posible rebrote gamarrista (y en campaña reeleccionista), se sublevó en Lima el joven y carismático general Felipe Santiago Salaverry, derrocando al Presidente del Consejo de Estado encargado del mando, don Manuel Salazar y Baquíjano, personaje que por tercera vez en 12 años era depuesto. Con su gobierno amenazado, Orbegoso tuvo la debilidad de pedir ayuda al Presidente boliviano, el mariscal Andrés de Santa Cruz. El mariscal paceño acariciaba el proyecto de restaurar la unidad entre el Alto y el Bajo Perú, quebrada en 1825. Su obra, la Confederación Perú-Boliviana y su lucha, primero a muerte con Salaverry, luego con Gamarra y con las expediciones restauradoras, serán temas de otro post.

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